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Si quieres reducir el gasto energético de tu vivienda, te ayudamos a abaratar tu inversión

May 29, 2023

Si estás pensando en rehabilitar tu vivienda y que esas mejoras estén encaminadas a la eficiencia energética deberías seguir leyendo este artículo, porque puedes beneficiarte de interesantes ayudas que podrían abaratar de manera considerable la inversión realizada.

Si aún no te has enterado, la Consejería de Fomento de Castilla La Mancha publicó en 2022  una nueva convocatoria de ayudas a la rehabilitación y mejora de la eficiencia energética de los edificios y viviendas de la región, enmarcadas dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que se nutre de los fondos europeos Next Generation.

La gestión de estas subvenciones se desarrolla dentro de tres planificaciones: El Programa 3, Programa 4, y Programa 5.  El Programa 4 es el que está dirigido a la financiación de actuaciones y obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, ya sean unifamiliares como pertenecientes a edificios plurifamiliares.

Este programa subvenciona hasta el 40% del coste de la actuación con un límite máximo de 3.000 euros y además, dependiendo del tipo de mejora que elija el cliente, podría llegar a obtener una deducción del IRPF de un 20% de la inversión, hasta un máximo de 1.000 euros. Además, la subvención está exenta de tributación en la declaración de la renta.

Entre las actuaciones cuyos costes son subvencionables están aquellas cuya obra civil esté vinculada a la actuación, siendo la más habitual la sustitución de ventanas. Aquí también se incluyen los gastos de materiales. En este sentido, el coste mínimo de la actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.

Por otro lado, el coste de la mano de obra de los profesionales que intervengan así como la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios para su ejecución y los gastos derivados de la tramitación administrativa también son subvencionables hasta los 750 euros, de tal forma que la cantidad que supere esta cifra no estará sujeta a la ayuda. Además, el importe de la ayuda por estos conceptos subvencionables no podrá superar el 15% de la ayuda total concedida.

No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA podrá ser subvencionable cuando no pueda ser susceptible de recuperación o compensación total o parcial.

Los requisitos que deben cumplir las actuaciones para que sean subvencionables son tres:

  • La reducción de la demanda energética anual global en calefacción y refrigeración de, al menos, el 7%.
  • Una reducción del consumo de energía no renovable de al menos el 30%.
  • En actuaciones de modificación o sustitución en los elementos constructivos de la envolvente térmica, para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, establecidos en el Código Técnico de Edificación.

Por su parte, no serán subvencionables las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.

El plazo de presentación de las solicitudes para adherirse a esta subvención es hasta el 30 de diciembre 2023, pudiéndose acoger a las mismas todas aquellas actuaciones iniciadas con posterioridad al 1 de febrero de 2020 y que cumplan alguno de los objetivos anteriormente descritos.

Desde Servicios Reunidos Peñas y a través POTNIA, nuestro agente especializado en gestión de rehabilitación de inmuebles, podemos asesorarle para acompañarle en todo el proceso de tramitación de la solicitud y garantizarle la obtención de estas ayudas.

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