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Si tienes contratada una empleada del hogar, atento a Prevención10

Dic 11, 2025

La entrada en vigor del nuevo sistema Prevención10 cambia la forma en que los hogares con empleadas domésticas deben cumplir sus obligaciones en materia de seguridad laboral. Ahora, los empleadores están obligados a evaluar los riesgos del domicilio en el que se desarrolla la actividad y a entregar a la trabajadora documentación específica sobre las medidas preventivas. Con esta herramienta, extiende por primera vez al ámbito doméstico estándares de prevención similares a los que ya se aplican en cualquier empresa.

La obligación deriva del Real Decreto 893/2024, que regula la seguridad y salud en el ámbito del hogar familiar, y que considera que las tareas domésticas, desde la limpieza hasta el cuidado de personas dependientes, pueden implicar riesgos que deben identificarse y gestionarse como en cualquier puesto de trabajo. Con Prevención10, cualquier empleador debe completar un cuestionario sobre el domicilio, las actividades que realiza su empleada y los posibles riesgos. La plataforma genera un documento formal de evaluación de riesgos, un resumen de medidas preventivas y una hoja informativa que debe entregarse a la trabajadora y conservarse en caso de inspección.

El proceso, aunque sencillo, no es opcional. Las trabajadoras tienen ya reconocido el derecho a que su puesto de trabajo sea evaluado, a recibir información y formación sobre los riesgos y a que esa documentación se actualice cuando cambien las tareas o el domicilio. “Estamos ante un cambio profundo en un sector que históricamente ha funcionado con informalidad. Ahora la prevención es un requisito legal  y quien emplee a personal doméstico debe cumplirlo igual que cualquier pequeño negocio”, señala José Miguel Peñas, CEO de Grupo Servicios Reunidos Peñas (SRP).

Riesgo de sanciones

Para la Administración, el cumplimiento de este trámite es exigible y el retraso no exime de responsabilidad. Las sanciones por no contar con la evaluación pueden alcanzar los 49.000 euros en los casos más graves. La responsabilidad es directamente del empleador, que tiene la obligación de guardar copia del documento generado por la herramienta, registrar cualquier incidencia y documentar los intentos de cumplimiento si la plataforma falló. “No cumplir todos estos pasos dejará al empleador expuesto a posibles sanciones”, recuerda Peñas de Pablo.

El uso de Prevención10 supone revisar aspectos tan cotidianos como la iluminación, la manipulación de cargas, la ergonomía en determinadas labores, el uso de productos químicos o el riesgo eléctrico. El empleador debe valorar estos elementos, adoptar las medidas oportunas, desde reorganizar espacios hasta facilitar EPIs, y asegurarse de que la trabajadora comprende la información. Aunque las inspecciones en domicilios privados tienen limitaciones, la ausencia de documentación sí puede derivar en una sanción si existe una denuncia o un accidente laboral.

Además del análisis interno, es recomendable comprobar que la relación laboral está correctamente dada de alta en la Seguridad Social, ya que ambas obligaciones, cotización y prevención, se complementan. “Estamos en un momento en el que muchos hogares no son conscientes de que ahora tienen obligaciones similares a las de una pequeña empresa. La buena noticia es que la herramienta es gratuita y permite cumplir la ley de manera sencilla si se actúa con diligencia”, afirma Peñas.

Aunque Prevención10 ya está funcionando, algunos elementos, como la formación específica para empleadas del hogar o los protocolos de actuación frente a situaciones de acoso, avanzan con retraso. También existe el problema estructural del sector: muchas trabajadoras se encuentran en situación irregular, lo que dificulta el acceso real a los derechos que reconoce la norma. No obstante, las obligaciones para el empleador existen igual en caso de que haya relación laboral. 

FAQ para empleadores sobre Prevención10 y la seguridad laboral en el hogar

1. ¿Qué es exactamente Prevención10?

Es una plataforma pública y gratuita del INSST que permite a los hogares con empleadas del hogar realizar la evaluación obligatoria de riesgos laborales del domicilio. Genera un documento con los riesgos detectados y las medidas preventivas, que debes entregar a la trabajadora y guardar.

2. ¿Es obligatorio usar Prevención10 si tengo contratada una empleada del hogar?

Sí. Desde la entrada en vigor del Real Decreto 893/2024, toda persona que contrate a una trabajadora del hogar debe evaluar los riesgos de su domicilio. Puedes hacerlo con Prevención10 o a través de un servicio de prevención ajeno.

3. ¿Qué plazos tengo para hacer la evaluación?

El plazo oficial venció el 14 de noviembre de 2025, pero la obligación sigue en vigor. Si aún no lo has hecho, debes completarla cuanto antes para evitar sanciones y para acreditar diligencia en caso de incidente laboral.

4. ¿Qué documentación tengo que entregar a la empleada del hogar?

Debes proporcionarle la evaluación de riesgos, un resumen de medidas preventivas, cualquier material informativo generado por la herramienta y, si aplican, los equipos de protección individual necesarios para su trabajo. Guarda una copia firmada o un justificante de entrega.

5. ¿Qué riesgos se evalúan?

Los más frecuentes son: caídas, manipulación de cargas, productos de limpieza, riesgos eléctricos, ergonomía, riesgos al trabajar en altura, uso de electrodomésticos o contacto con elementos calientes. La herramienta te va guiando punto por punto.

6. ¿Qué pasa si la web de Prevención10 falla?

Se han confirmado caídas y saturaciones de la web, pero la obligación de realizar el trámite sigue vigente. Guarda capturas de pantalla, correos al soporte o cualquier prueba de que intentaste cumplir dentro del plazo. Esto puede ayudarte si hay una inspección o una reclamación.

7. ¿Qué sanciones puedo tener si no realizo la evaluación?

La prensa especializada ha advertido que las sanciones pueden alcanzar hasta 49.000 euros en los supuestos más graves. El hecho de que el trabajo se realice en un domicilio no exime de responsabilidad.

8. ¿Hay obligación de repetir la evaluación más adelante?

Sí. La evaluación debe revisarse cuando cambien las tareas, el domicilio, la organización del trabajo o cuando se detecten nuevos riesgos. También es recomendable revisarla cada cierto tiempo aunque todo siga igual.

9. ¿El empleador puede ser inspeccionado dentro de su domicilio?

La inspección de trabajo tiene limitado el acceso al interior de una vivienda, pero sí puede requerir documentación, pedir explicaciones o investigar tras una denuncia o accidente laboral. La ausencia de evaluación se considera incumplimiento aunque no haya visita física.

10. ¿Cómo puedo demostrar que cumplo la normativa?

Conserva: el PDF de la evaluación, el justificante de entrega a la trabajadora, las actualizaciones o revisiones y las medidas adoptadas (fotos, facturas, emails). Cuanta más trazabilidad, mejor.

12. ¿Tengo que dar formación a la empleada?

Sí. Debes asegurarte de que entiende los riesgos de su puesto y las medidas preventivas. La propia plataforma genera materiales básicos, aunque se espera que en los próximos meses se refuerce el contenido formativo.

13. ¿Qué ocurre si la trabajadora está en situación irregular?

La obligación de prevención existe igual si hay relación laboral. El problema es que estos casos dificultan el acceso a los derechos de la trabajadora, pero el empleador sigue obligado a garantizar condiciones seguras.

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