El Tribunal Superior de Justicia de la Sala de lo Social ha emitido la sentencia 9/2023. En ella se marca un precedente clave en el ámbito del derecho laboral a la hora de determinar si el retraso continuado del pago de la nómina a un trabajador justifican una rescisión del contrato unilateral e indemnizada por parte de éste.
El caso se centra en los retrasos en al abono de la nómina sufrido por un trabajador entre abril de 2019 y marzo de 2020 debido a las dificultades económicas que atravesaba la empresa para la que trabajaba desde 2007. A pesar de que alcanzaban los 10,5 días de promedio, la demanda inicial fue desestimada por el Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid y posteriormente por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Se consideró que los retrasos no eran excesivos y que, al ser una práctica reiterada, eran previsibles, por lo que el trabajador podría adaptarse a ellos. Además, se tenía en cuenta las dificultades económicas que atravesaba la empresa, por lo que ambas salas consideraron desproporcionada la decisión de resolver el contrato.
Recurso estimado
Sin embargo, ahora el Tribunal Supremo ha cambiado esa decisión y sí considera los retrasos motivo suficiente para rescindir el contrato, aprobando además una indemnización para el trabajador de 48.232,73 euros. El fallo del Tribunal señala que el retraso promedio de 10,5 días en el pago del salario durante un año constituye un incumplimiento grave de la obligación empresarial de pagar puntualmente, tal y como estipulan los artículos 4.2 f) y 29.1 del Estatuto de los Trabajadores. Esta interpretación considera que el retraso es suficiente razón en sí misma, al margen de las intenciones o situación económica que esté viviendo la empresa, para justificar la rescisión indemnizada del contrato de trabajo.
La sentencia final ha estimado el recurso del empleado, declarando extinguido su contrato de trabajo y condenando a la empresa al pago de una indemnización de 48.232,73 euros. Desde el Departamento Jurídico de Servicios Reunidos Peñas indicamos que este fallo recuerda a todas las empresas la importancia que tiene cumplir con los derechos de los trabajadores, entre los que se incluye el pago puntual de los salarios. Además, no solo resuelve un caso concreto, sino que establece un criterio claro para situaciones similares en el futuro, reafirmando los derechos de los trabajadores en casos de incumplimientos contractuales.
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