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Tu empresa no se equivoca, así es como puedes recuperar los 43 euros que te retienen al mes de tu SMI

Mar 3, 2026

La subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 1.221 euros brutos al mes en 14 pagas ha venido acompañada de un mensaje político: quienes cobren el salario mínimo no pagarán IRPF. Sin embargo, en la práctica muchos trabajadores han visto como se les retenían unos 43 euros al mes en su nómina en concepto de retención, unos 523 euros al año. ¿Mi empresa se equivoca? ¿Nos ha engañado el Gobierno? Y lo más importante, ¿puedo recuperar ese dinero?

El nuevo SMI fija el salario anual en 17.094 euros. Con el sistema general de retenciones, Hacienda aplica un límite del 43% sobre la diferencia entre ese salario y el umbral que marca el tramo exento de tributación, lo que da como resultado esos aproximadamente 523 euros anuales, es decir, unos 43 euros al mes.

Durante el año, la empresa descuenta esa cantidad de la nómina. Después, al presentar la declaración de la Renta, el trabajador podrá aplicar una deducción específica por rendimientos del trabajo de hasta 590,89 euros, lo que deja la cuota del impuesto en cero y genera una devolución.

Así que no, tu empresa no se equivoca. Sí, puedes recuperar el dinero. Y el Gobierno no te ha engañado… pero ha dejado una ventana abierta a que puedas perder ese dinero, porque si quieres recuperar el dinero, estás obligado a presentar la declaración de la Renta.

Aunque el mensaje político sea que “el SMI no paga IRPF”, eso se refiere a la cuota final del impuesto, no necesariamente a lo que ocurre mes a mes en la nómina. La retención es un pago a cuenta que se calcula con el sistema general y puede aparecer incluso en salarios cercanos al SMI, en función de tu situación personal y familiar (estado civil, hijos, etc.). Por eso, esos 523 euros al año (43 al mes si lo prorrateas en 12 meses), no son un importe fijo para todo el mundo.

Para 2026 se ha articulado una deducción específica en la cuota del IRPF ligada a los rendimientos del trabajo: puede llegar a 590,89 euros si tus rendimientos del trabajo son igual o inferiores a 17.094 euros, y se va reduciendo progresivamente hasta desaparecer alrededor de 20.048,45 euros. Con esa deducción, el resultado es que la cuota del impuesto puede quedar en cero para quien cobre el SMI. Ahora bien, si durante el año te han retenido y no presentas la Renta, Hacienda no te devuelve automáticamente ese dinero. Por eso, aunque por ingresos no estés obligado a declarar, puede convenirte presentar la declaración para recuperar las retenciones practicadas. Y puedes hacerlo incluso si tienes otras rentas, ya que la deducción se aplica aunque tengas otras rentas no exentas distintas del trabajo, siempre y cuando no superen los 6.500 euros.

“Si el trabajador no presenta declaración, tampoco recuperará lo retenido. Decir que el SMI no paga IRPF es correcto en términos de cuota final, pero en el día a día puede haber retenciones”, explica José Miguel Peñas de Pablo, CEO del Grupo SRP.

¿Por qué el Gobierno ha optado por esta fórmula?

Hasta 2024, el Ejecutivo ajustaba el mínimo exento para que el SMI quedara fuera del impuesto sin necesidad de deducciones adicionales. En esta ocasión ha optado por un mecanismo distinto, mantener el sistema general de retenciones y crear una deducción que se aplica al hacer la declaración.

Por un lado, esto evita que el salario mínimo soporte carga fiscal efectiva. Por otro, introduce una reducción progresiva para quienes ganen algo más —hasta unos 20.048 euros anuales— y evitar el llamado “salto” o “joroba” fiscal, que penaliza a quienes superan ligeramente el SMI.

La subida del SMI beneficiará aproximadamente al 9% de la población asalariada, según estimaciones sindicales, con especial incidencia en mujeres mayores de 35 años en el sector servicios.

Para estos trabajadores, la recomendación práctica es revisar las nóminas y comprobar si existen retenciones. Aunque por nivel de ingresos no estén obligados a presentar declaración, puede ser conveniente hacerlo para recuperar esos 43 euros mensuales acumulados durante el año.

“La diferencia entre presentar o no la Renta puede suponer recuperar más de 500 euros. No es una cuestión menor para quien cobra el salario mínimo”, subraya Peñas de Pablo. La clave estará en que los trabajadores conozcan el mecanismo y no dejen sin reclamar lo que les corresponde al regularizar su situación fiscal.

 

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