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Permiso retribuido y vacaciones, ten clara la letra pequeña para no llevarte sustos

Ago 13, 2025

Llega agosto, media España está en la playa y… suena el teléfono: un familiar está hospitalizado. Tienes muchas cosas en las que pensar antes de llegar a la pregunta que nos atañe, pero al final entre unos y otros te hacen ser también un poquito práctico y llega la duda: “¿Esto cuenta como vacaciones o cuentan como días por operación de familiar?”. Siendo un poco más técnico, ¿los días que pasas en el hospital son vacaciones o permiso retribuido? La respuesta según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) es clara y puede que no te guste: son vacaciones.

La sentencia, dictada el 4 de junio de 2020 a raíz de una consulta de la Audiencia Nacional, deja claro que los permisos retribuidos están pensados para que puedas ausentarte del trabajo, en días en los que tiene obligación de acudir, para atender asuntos urgentes que requieran tu presencia personal. Si estás de vacaciones, esa obligación no existe, así que el permiso no se activa ni se puede disfrutar más adelante. Si no tenías que ir a trabajar, no hay de dónde ausentarse. Y por eso no se acumula.

El criterio del TJUE va en la misma línea que el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores y con la interpretación que ya venían aplicando varios tribunales españoles: un permiso retribuido solo tiene sentido cuando el hecho causante ocurre en periodo de trabajo efectivo. El TJUE establece dos requisitos acumulativos para que nazca el derecho: que ocurra uno de los supuestos contemplados en la normativa y que la necesidad que lo motiva se dé en un momento en que exista obligación de trabajar. Si uno de esos requisitos falta —por ejemplo, porque estás en vacaciones—, no hay permiso que disfrutar. La única excepción a esto puede llegar a través de una mejora en el convenio colectivo, una opción que está prevista por la ley. “En vacaciones, la prioridad es descansar. Si hay un hecho grave durante ese periodo, es un drama personal, pero laboralmente el permiso se pierde. La única excepción es si tu convenio te lo permite, y por eso es tan importante leerlo y tenerlo claro”, explica José Miguel Peñas de Pablo, CEO del Grupo Servicios Reunidos Peñas (SRP)

Qué es un permiso retribuido y cómo conciliarlo, a veces, con tus vacaciones

Los permisos retribuidos permiten al trabajador ausentarse del trabajo sin perder salario para atender determinadas situaciones personales o familiares. El Artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores recoge todos los casos que dan derecho a este tipo de permiso:

  • El matrimonio del trabajador, por un período de 15 días naturales.
  • El nacimiento de un hijo, el fallecimiento, accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario de un familiar hasta el segundo grado. Cuando ocurre en la misma localidad, son 2 días naturales y si requiere desplazamiento, 4 días naturales.
  • El traslado del domicilio habitual, por 1 día.
  • El cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, como ser jurado o requerido como testigo.
  • Las funciones sindicales o de representación, el tiempo necesario, según convenio o norma específica.
  • La realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, por el tiempo imprescindible para ello.
  • El derecho a una pausa diaria de una hora para lactancia de hijo menor de 9 meses, que puede dividirse o acumularse.
  • La asistencia a exámenes oficiales, por el tiempo necesario.
  • Cualquier otro permiso que establezca el convenio colectivo, siempre que mejore las condiciones legales mínimas.

Aunque el TJUE estableció que un permiso retribuido no interrumpe las vacaciones si el hecho causante ocurre durante el descanso, sí es perfectamente posible planificar el calendario de forma estratégica para aprovechar ambos derechos. Por ejemplo, si tu boda está fijada para el sábado 10 de agosto, puedes solicitar primero los 15 días naturales de permiso por matrimonio, y luego comenzar las vacaciones. Así no pierdes ni un día de permiso, ni un día de descanso. Eso sí, esto requiere coordinar fechas y pedirlos conforme a lo que marque el convenio o la política de la empresa, para evitar malentendidos o problemas burocráticos.

No lo confundas con una baja médica

El TJUE también marca la frontera con las incapacidades temporales (IT). Si durante las vacaciones el trabajador enferma, el Estatuto de los Trabajadores sí permite recuperar esos días, incluso después de que termine el año, con un plazo máximo de 18 meses. Pero esa protección no existe para los permisos retribuidos. “Una baja médica frustra el objetivo de las vacaciones, que es descansar, así que la ley te protege. Pero un permiso por hospitalización o fallecimiento no es para descansar, sino para atender una obligación en horario laboral. Por eso no se equipara”, matiza Peñas de Pablo.

Para evitar conflictos, SRP aconseja a las empresas incluir en sus manuales y protocolos de RRHH una explicación sencilla de esta norma, diferenciando claramente permisos retribuidos, vacaciones e incapacidades temporales. También recuerdan que, en caso de enfermedad durante las vacaciones, es fundamental tramitar la baja médica lo antes posible para proteger el derecho a recuperar esos días. “Al final todo se resume en una buena gestión documental y en que las reglas estén claras para todos. Así se evitan reclamaciones, disgustos y malas interpretaciones”, concluye Peñas de Pablo.

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