La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha publicado un nuevo paquete de ayudas directas para autónomos, reguladas por el Decreto 25/2025, con vigencia hasta el 15 de julio de 2025. Cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), estas subvenciones acompañan a quienes inician su actividad, afrontan su segundo año o buscan estabilizar su negocio tras varios ejercicios como trabajadores por cuenta propia. Aunque el procedimiento es accesible para cualquier autónomo, está lejos de ser automático: exige una gestión documental rigurosa y una lectura atenta del decreto, lo que hace recomendable contar con asesoramiento especializado. El plan contempla cuatro líneas que cubren distintas etapas de la vida profesional del autónomo.
Además, el presupuesto global asciende a 22 millones de euros, y parte de este se reserva específicamente a zonas despobladas o rurales, y a colectivos prioritarios como jóvenes o mujeres emprendedoras.
Ayuda por alta con tarifa plana: 960 euros
Para quienes se han dado de alta recientemente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y se han acogido a la reducción estatal en la cuota del artículo 38 ter.1 de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, existe una ayuda directa de 960 euros. La persona beneficiaria debe haber estado inscrita como demandante de empleo en la Red Emplea de Castilla-La Mancha el día anterior al alta. La fecha de alta debe situarse entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025, y mantenerse sin interrupción hasta presentar la solicitud.
Esta ayuda es compatible con la de establecimiento (ver siguiente apartado), y ambas pueden solicitarse en la misma convocatoria si se cumplen los requisitos.
Ayuda para establecer el negocio: hasta 3.000 euros más incrementos
Quienes inicien su actividad en ese mismo período también pueden optar a una ayuda de 3.000 euros destinada a cubrir gastos corrientes (excluyendo cuotas a la Seguridad Social). Se exige inscripción previa como demandante de empleo y la ayuda puede incrementarse si se dan ciertas condiciones:
- +20%, 30% o 40% adicional si se desarrolla la actividad en zonas con distintos niveles de despoblación, según la Ley 2/2021 y el Decreto 108/2021.
- +20% si el municipio está catalogado como zona prioritaria.
- +500 euros extra si el solicitante es menor de 30 años.
Estos incrementos son acumulables, según el artículo 9.6 del decreto. La ayuda sigue siendo individual y no se puede solicitar en nombre de sociedades, aunque se aceptan solicitudes a título personal desde comunidades de bienes o sociedades unipersonales, siempre que la persona esté dada de alta en el RETA.
Ayuda para el segundo año: tarifa plana plus, otros 960 euros
Para autónomos que hayan superado el primer año y sigan dados de alta, la Junta ofrece una segunda ayuda de 960 euros. Es necesario haber sido beneficiario de las reducciones del artículo 38 ter.2 de la Ley estatal. La actividad debe tener entre 12 y 24 meses de antigüedad, y el segundo año debe haber comenzado entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025.
Ayuda a la consolidación: 2.000 euros para resistir
Para quienes llevan más de un año —pero menos de tres— sosteniendo su proyecto, existe una ayuda de 2.000 euros enfocada a gastos operativos del negocio (excluyendo las cuotas RETA). Esta línea prioriza a quienes desarrollan su actividad en municipios en riesgo de despoblación, zonas rurales o zonas prioritarias contempladas en la Ley 2/2021 y el Decreto 52/2018. También pueden solicitarla las mujeres autónomas y los jóvenes menores de 30 años, aunque trabajen fuera de estas zonas.
Además, al menos el 30% del presupuesto de esta línea se reserva para zonas despobladas.
Requisitos generales y advertencias
Todas las líneas exigen estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, desarrollar la actividad en Castilla-La Mancha y no pertenecer a sectores excluidos como el agrario, ganadero o forestal. Además, no pueden acceder los autónomos dependientes (TRADE) ni los familiares colaboradores del titular principal. La actividad no puede limitarse a la mera gestión patrimonial.
Las ayudas están sujetas al régimen de mínimos: no se puede superar el umbral de 300.000 euros en ayudas acumuladas durante tres ejercicios fiscales (o 750.000 euros para servicios de interés económico general).
También será obligatorio mantener la actividad durante al menos 12 meses desde la solicitud y visibilizar la financiación europea (carteles, web, redes sociales, etc.), especialmente si se recibe ayuda de las líneas cofinanciadas por el FSE+ (líneas 1 y 2).
Los gastos subvencionables deben haberse ejecutado entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025. Si no cuadran en ese calendario, quedan fuera. El incumplimiento de los requisitos puede llevar a la devolución total o parcial de la ayuda.
¿Cómo se solicita?
Las solicitudes se tramitan exclusivamente por vía electrónica, a través de la sede oficial de la Junta: www.jccm.es. Cada línea tiene su formulario normalizado, con documentos que deben adjuntarse digitalizados. El plazo finaliza el 15 de julio de 2025, pero empieza a contar desde la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Para José Miguel Peñas de Pablo, CEO del Grupo Servicios Reunidos Peñas (SRP), este nuevo programa de ayudas representa “una estructura coherente y bien diseñada que cubre los tres grandes momentos de la vida de cualquier autónomo: el inicio, el tránsito y la consolidación. Pueden entenderse como una estrategia”. En este sentido, destaca que tenga en cuenta realidades diversas. “No es lo mismo empezar que sobrevivir al tercer año, y estas ayudas lo entienden”.
Este nuevo paquete de subvenciones ofrece una ayuda concreta, directa y escalonada a los emprendedores, pero como en toda convocatoria pública, el acceso está condicionado a un cumplimiento técnico estricto, por lo que es recomendable contar con asesoramiento especializado que ayude a solicitarlas y adaptar al ciclo vital del propio empresario.