El 1 de noviembre de 2024, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puso en marcha una reforma que afecta a tres subsidios clave: la Renta Activa de Inserción (RAI), el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) y el subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares. Estas ayudas, dirigidas a personas con dificultades para reincorporarse al mercado laboral, han desaparecido para integrarse en un sistema de subsidios más simplificado que incluye el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y nuevas prestaciones del SEPE.
Subsidios afectados y cambios principales
Con la eliminación de estos tres subsidios, el SEPE ha reorganizado el sistema de prestaciones por desempleo para ofrecer un esquema de ayudas más accesible y simplificado. Los subsidios desaparecidos se integran en el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, que ahora incluye colectivos anteriormente cubiertos por el RAI y el SED. Los beneficiarios actuales continuarán recibiendo los pagos hasta que agoten la ayuda, pero las nuevas solicitudes deben adaptarse a las normas y subsidios vigentes.
Nuevas cuantías y duración de las prestaciones
Los subsidios reestructurados presentan cuantías ajustadas en tres fases:
- Los primeros seis meses: 570 euros mensuales.
- Del mes 7 al 12: 540 euros mensuales.
- Mes 13 en adelante: 480 euros mensuales.
La duración del subsidio varía en función del tiempo cotizado y las condiciones personales del solicitante. Por ejemplo, los menores de 45 años sin cargas familiares pueden acceder a seis meses de subsidio tras agotar al menos 360 días de paro, mientras que aquellos con responsabilidades familiares pueden percibir hasta 24 o 30 meses de ayuda en función del tiempo cotizado.
Ventajas y formas de acceso
La reestructuración del SEPE incluye algunas ventajas notables:
- Simplificación del sistema: Los subsidios parciales y el mes de espera previo para recibir el subsidio desaparecen. A partir de ahora, los pagos comenzarán de inmediato, sin importar si el último contrato fue parcial o completo.
- Cobertura para nuevos colectivos: Se incluye a nuevos beneficiarios, como trabajadores agrarios eventuales y personas mayores de 16 años víctimas de violencia de género. También se unifican los requisitos del subsidio por insuficiencia de cotización, facilitando su acceso a más personas.
- Acceso al Ingreso Mínimo Vital (IMV): Aquellos que pierdan la RAI o el SED pueden solicitar el IMV, aunque deben cumplir con sus requisitos de renta y patrimonio. La transición al IMV no es automática, por lo que los solicitantes deben iniciar el trámite en la Seguridad Social.
A tener en cuenta
A pesar de sus beneficios, la reforma también plantea ciertos inconvenientes y requisitos que, en caso de tener dudas, conviene que se traten con profesionales como los de Servicios Reunidos Peñas. Aquí os dejamos algunos de los más importantes:
- Requisitos más exigentes: Los nuevos subsidios requieren cumplir con criterios específicos de cotización y, en algunos casos, con condiciones patrimoniales más estrictas que los anteriores.
- Posible reducción en las prestaciones: La unificación de subsidios podría suponer una disminución en la cuantía para ciertos beneficiarios, especialmente si no cumplen con los requisitos ampliados del IMV.
- Riesgo de desigualdad: La eliminación de algunos subsidios específicos podría afectar a los colectivos más vulnerables, que ahora deberán adaptarse a las condiciones del nuevo sistema.
¿Cómo solicitar las nuevas ayudas?
La solicitud de las nuevas ayudas sigue un procedimiento específico para cada tipo de subsidio, y dependerá de si el beneficiario cumple con los requisitos del SEPE o del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Desde Servicios Reunidos Peñas te contamos los pasos detallados:
- Para solicitar los nuevos subsidios del SEPE:
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- Los solicitantes deben acceder a la Sede Electrónica del SEPE y buscar el apartado de “Protección por Desempleo”.
- Dentro de este apartado, selecciona “Solicitud de subsidio por agotamiento de la prestación contributiva” o el subsidio específico que aplique a tu situación.
- Es importante tener una clave PIN o certificado digital para acceder al sistema. Los documentos necesarios incluirán identificación, certificados de cotización, y, en su caso, justificantes de cargas familiares.
- Para quienes tengan dudas, el SEPE ofrece un servicio de citas, que se puede solicitar a través de la misma Sede Electrónica o llamando al número oficial de atención al ciudadano: 901 119 999.
- Para quienes deben solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV):
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- El trámite del IMV se realiza a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social en el apartado de “Ingreso Mínimo Vital”.
- El solicitante deberá completar un formulario en línea, proporcionando información sobre su situación económica, unidad de convivencia y patrimonio. Esta solicitud requiere cumplir con criterios específicos de renta y patrimonio, que se pueden consultar en el portal del IMV.
- También es posible obtener asistencia para la solicitud llamando al número de atención de la Seguridad Social: 900 20 22 22.
- Documentación y requisitos adicionales:
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- Documentación: Tanto para el SEPE como para el IMV, es fundamental tener documentos actualizados que demuestren la situación laboral, familiar y económica. Se recomienda reunir DNI/NIE, certificados de empadronamiento, justificantes de ingresos, y en el caso de cargas familiares, libros de familia o sentencias de custodia.
- Revisión de requisitos: Antes de solicitar cualquiera de estas ayudas, es recomendable revisar los requisitos actualizados en la web oficial de Información sobre los Subsidios del SEPE y en la Guía del IMV.


