A partir del 1 de enero de 2025, los trabajadores en España que perciban salarios superiores a la base máxima de cotización de la Seguridad Social deberán enfrentarse a una nueva carga fiscal conocida como la «cuota adicional de solidaridad». Esta medida, que forma parte de la segunda fase de la reforma de pensiones aprobada en 2023, tiene como objetivo incrementar los ingresos del sistema de pensiones y se aplicará de manera progresiva hasta 2045. Podría afectar a entre un 5 y un 10 por ciento de la población activa.
La cuota de solidaridad es una cotización adicional que se aplicará exclusivamente a la parte de los salarios que superen la base máxima de cotización establecida anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Para 2024, esta base máxima está fijada en 4.720,5 euros mensuales. Cualquier salario que exceda este límite estará sujeto a esta nueva cotización.
El sistema de la cuota de solidaridad se divide en tres tramos:
- Primer tramo: Para los ingresos que superen la base máxima hasta un 10% adicional, se aplicará una cotización del 0,92% en 2025, que irá aumentando hasta el 5,5% en 2045.
- Segundo tramo: Para los que estén entre el 10% y el 50% sobre la base máxima, la cotización será del 1% en 2025, aumentando gradualmente hasta el 6% en 2045.
- Tercer tramo: Para los ingresos superiores al 50% de la base máxima, la cotización comenzará en el 1,17% en 2025 y alcanzará el 7% en 2045.
A pesar del aumento de la cotización, hay que señalar que la cuota no tiene carácter contributivo, lo que significa que no aumentará la base reguladora de la pensión ni tendrá un impacto directo en el cálculo de las futuras pensiones de los trabajadores afectados. De hecho, su principal objetivo es hacer frente al aumento de costes que traerá pareja la jubilación de la llamada generación del Baby Boom, que aumentará la presión sobre el sistema de pensiones debido al aumento de beneficiarios.
El pago lo realizarán entre el trabajador y la empresa, haciéndose el primero cargo del 15,5% de la cuota y la segunda del 84,5, como ocurre en las cotizaciones tradicionales de la Seguridad Social. Desde el punto de vista empresarial, esta nueva cuota de solidaridad supone nuevos retos para las empresas que gestionan altos volúmenes salariales, motivo por el que Grupo SRP pone a su disposición los conocimientos de su experta plantilla de profesionales.
Implicaciones para empresas y trabajadores
Las empresas deberán ajustar sus sistemas de nóminas para incorporar esta nueva cotización, lo que conllevará un incremento de los costes laborales. Asimismo, estarán obligadas a reportar a la Tesorería General de la Seguridad Social los datos de los empleados afectados, incluyendo las retribuciones que superen la base máxima y los cálculos de la cuota de solidaridad correspondiente.
Por otro lado, para los trabajadores, esta nueva cotización representará una reducción en sus ingresos netos. Aunque los porcentajes iniciales de cotización son relativamente bajos, con el tiempo estos aumentarán, por lo que podría terminar teniendo en un impacto financiero. Por ejemplo, asumiendo que la base máxima de cotización es de 4,720.5 euros, así es como se vería afectado un trabajador con un salario mensual de 10,000 euros por la aplicación de esta cuota:
- En 2025:
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- Primer tramo: El 0,92% sobre 472,05 euros resulta en una aportación de 4,34 euros.
- Segundo tramo: El 1% sobre 1,888.2 euros equivale a 18,88 euros.
- Tercer tramo: El 1,17% sobre 2,919.25 euros suma 34,16 euros.
- Total: 57,38 euros, de los cuales el trabajador pagará 9,53 euros y la empresa 47,85 euros.
- En 2045:
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- Primer tramo: El 5,5% sobre 472,05 euros supondrá una aportación de 25,96 euros.
- Segundo tramo: El 6% sobre 1,888.2 euros resultará en 113,29 euros.
- Tercer tramo: El 7% sobre 2,919.25 euros equivale a 204,35 euros.
- Total: 343,60 euros, donde el trabajador pagará 57,80 euros y la empresa 285,80 euros.


