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La Ley de Enjuiciamiento Civil se adapta a los tiempos modernos

Abr 16, 2024

Modernización y eficiencia, esos son los dos principales objetivos que busca alcanzar  la Justicia española con la reformas de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) aprobada en el Real Decreto-Ley 6/2023, y que entró en vigor el pasado 20 de marzo. Estos cambios solo son aplicables a los procesos judiciales iniciados tras su entrada en vigor y en ellos se prioriza la utilización de las tecnologías de la información y la protección de los colectivos más vulnerables.

Eje central de la reforma, la digitalización de la Justicia: La reforma estructura su contenido en cuatro libros y abarca 129 artículos, complementados con distintas disposiciones adicionales. Su piedra angular es la regularización del uso de las tecnologías de la información en las relaciones entre los ciudadanos y los profesionales con la Administración de Justicia, avanzando hacia la digitalización de los procesos judiciales. “La idea es que este cambio sirva para optimizar los tiempos de respuesta del sistema judicial y para garantizar una justicia más accesible para la ciudadanía”, explica el CEO de Servicios Reunidos Peñas (SRP), José Miguel Peñas Bronchalo.

Protección especial para los mayores y agilización de procesos: Una de las novedades más destacadas es la introducción de medidas específicas para la protección de las personas mayores de 80 años. Se trata de beneficios aplicables obligatoriamente a este colectivo y, potestativamente, a los mayores de 65. “Este enfoque humano les garantiza asistencia y ayuda desde el primer contacto con las autoridades y tramita con carácter preferente los procedimientos en los que estén involucrados, reconociéndoles un trato diferenciado y prioritario”.

Además, se revisan y ajustan procedimientos en ámbitos tan sensibles como los procesos matrimoniales y de menores, permitiendo la acumulación de acciones para una gestión más eficaz de los casos. En la esfera del juicio verbal, se amplía su ámbito de aplicación y se eleva la cuantía límite para este procedimiento de 6.000 a 15.000 euros, facilitando así su acceso y agilizando la resolución de conflictos de menor cuantía.

Otras mejoras

Impulso a los Medios Electrónicos y Mejoras Procesales: La reforma fomenta el uso de medios electrónicos en las actuaciones procesales, permitiendo la celebración telemática de juicios, vistas y audiencias, aunque con ciertas restricciones para asegurar la adecuada participación de todas las partes. Este enfoque contribuye a la sostenibilidad medioambiental, optimiza recursos y tiempo tanto para profesionales y ciudadanos, y reduce la necesidad de desplazamientos.

Recursos de apelación y casación: Se reforma el recurso de casación, limitando la vía de acceso al mismo a aquellos casos cuya cuantía supere los 600 mil euros. Además, se clarifica el procedimiento para el recurso de revisión y se modifica el proceso de apelación, permitiendo su presentación directa ante el órgano ad quem, es decir, ante la audiencia que revisará el recurso, simplificando el trámite y buscando una mayor eficiencia procesal.

Cláusulas abusivas en contratos: Se instaura un control por parte del juez para detectar de oficio la presencia de cláusulas abusivas en los contratos que fundamenten la reclamación o determinen la cuantía exigible. “Esto implica que el profesional deberá aportar el contrato para su examen, fortaleciendo la protección del consumidor dentro del proceso judicial”, aclara Peñas de Pablo.

Las costas procesales: Se introducen ajustes significativos respecto a las costas procesales, en las que la estimación del recurso de apelación y la desestimación del recurso de casación conllevarán costas. Además, se establece que solo se impondrán costas en caso de mala fe o temeridad, si se ha producido una acumulación indebida de procesos.

Fomento del uso de medios electrónicos: Además de permitir la celebración telemática de actos procesales, se busca evitar el desplazamiento entre municipios y facilitar la intervención por videoconferencia desde cualquier lugar, promoviendo así la agilidad y accesibilidad de la justicia. “Esto es algo muy importante, por ejemplo, para provincias como la de Guadalajara, en la que tenemos una dispersión de población muy elevada, con más de 400 núcleos de población”.

Nuevo procedimiento testigo y diligencias finales en Juicio Verbal: Se introduce un nuevo procedimiento para la toma de testigos y se contempla la posibilidad de practicar diligencias finales en el juicio verbal, permitiendo una mayor flexibilidad y adaptabilidad en la gestión de los casos.

La reforma de la LEC representa un avance significativo en la adaptación de la Justicia a los desafíos del siglo XXI. “Con estas medidas, España se encamina hacia un sistema judicial más ágil, accesible y adaptado a las realidades sociales y tecnológicas actuales”, finaliza el CEO de SRP, quien recomienda contar siempre con un buen asesoramiento jurídico para aprovechar todas las oportunidades que ofrecen los cambios en el panorama jurídico.

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