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Los planes de pensiones obligatorios llegan al sector de la construcción, incluidas las empresas pequeñas

Ene 31, 2024

Este 1 de febrero entra en vigor un nuevo convenio colectivo en el sector de la construcción que obligará a las empresas, incluidas las pequeñas, a realizar aportaciones mensuales al plan de pensiones de empleo sectorial en nombre de sus empleados. Esta medida, inédita hasta la fecha en España, representa un avance significativo en la mejora de la calidad laboral y de vida de los trabajadores de la construcción.

“Las empresas tendrán que afrontar un aumento en el coste salarial de unos 20 euros por empleado, pero puede ser un gasto que incentive la llegada de nuevos trabajadores a un sector que está necesitado de ellos”, explica el CEO de Servicios Reunidos Peñas, José Miguel Peñas de Pablo.

La Confederación Nacional de la Construcción (CNC) ha explicado que el plan de pensiones sectorial estará gestionado por VidaCaixa y será aplicable a todos los empleados con contrato en vigor a partir del 1 de febrero. Las aportaciones podrán ser rescatadas en casos de jubilación, defunción o incapacidad permanente y están sujetas a beneficios fiscales, como deducciones en el Impuesto de Sociedades y bonificaciones en cotizaciones a la Seguridad Social.

Aportaciones retroactivas

Además, las empresas deberán realizar aportaciones retroactivas correspondientes a los ejercicios 2022 (el 1% de los sueldos correspondientes al convenio provincial de 2021) y 2023 (las mismas cantidades, pero sumando un 0,25% de las tablas salariales correspondientes a 2023), lo que podría suponer un problema financiero y administrativo adicional. «Es crucial que se ofrezca apoyo y asesoramiento adecuado a las empresas, especialmente a las más pequeñas, para que puedan adaptarse de la forma más cómoda posible a estas nuevas condiciones», señala Peñas de Pablo poniendo a disposición de los empresarios que lo requieran los servicios que se ofertan desde SRP.

A pesar de la carga que el nuevo convenio puede conllevar, desde la CNC se alinean con las palabras del CEO de SRP y consideran que la medida hará del sector de la construcción un ámbito más atractivo para trabajadores potenciales, afrontando así la escasez de mano de obra que hay en estos momentos en la construcción. «A pesar del incremento en los costes, este es un paso necesario para mejorar las condiciones laborales en el sector y atraer talento», finaliza Peñas de Pablo

El plan de pensiones de la construcción podría establecer un precedente para otras industrias, marcando una tendencia hacia la inclusión de beneficios de jubilación en los convenios colectivos. Se trata de un acuerdo que incluso podría influir en futuras negociaciones laborales en otros sectores.

Los aspectos claves de esta nueva norma se pueden resumir en:

  1. Contribuciones mensuales, a ingresar a mes vencido el 22 de cada mes.
  2. La obligación de aportar se aplica incluso a contratos temporales de corta duración iniciados a partir del 1 de febrero.
  3. Posibilidad de aportaciones voluntarias tanto por la empresa como por el asalariado.
  4. En caso de finalización de la relación laboral, el asalariado puede trasladar los fondos a otro plan de pensiones.
  5. Cobertura de jubilación, fallecimiento e incapacidad permanente, con posibilidad de rescate en estas circunstancias.
  6. Deducción en el Impuesto de Sociedades del 10% de las contribuciones, con un límite de 27.000 euros anuales.
  7. Las aportaciones cotizan a la Seguridad Social como retribución en especie, con bonificaciones casi totales.
  8. Las aportaciones no están sujetas a IRPF.
  9. Los asalariados no pueden renunciar al plan a cambio de una compensación económica.
  10. La Inspección de Trabajo vigilará el cumplimiento de estas obligaciones, con posibles sanciones por incumplimiento.
  11. La retroactividad sólo afecta a las personas dadas de alta a partir de la entrada en vigor del Plan, el 1 de febrero. Es decir, los negocios no tendrían que aportar por los asalariados que hayan cesado antes de esa fecha.
  12. Los autónomos también pueden realizar aportaciones en su propio nombre y deducir hasta 4.250 euros en el IRPF. Eso, sumado a los 1.500 euros permitidos por Hacienda en el caso de los planes de pensiones individuales, les permitiría alcanzar una reducción de hasta 5.750 euros al año en la base imponible.

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