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Certificado de Concordancia, el fundamental y a veces olvidado último paso en el proceso de nacionalización

Ene 9, 2024

Cada año, miles de extranjeros completan el proceso de nacionalización en España al obtener su Documento Nacional de Identidad (DNI). Sin embargo, un paso crucial que a menudo se pasa por alto es la obtención del Certificado de Concordancia. Este documento es esencial para validar que la persona que antes poseía un Número de Identidad de Extranjero (NIE) es la misma que ahora tiene un DNI español.

El Certificado de Concordancia sirve para acreditar la identidad del individuo ante distintas entidades y organismos, como bancos, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, donde previamente se identificaban con el NIE. Al cambiar a la nacionalidad española, la persona recibe un nuevo DNI y pasaporte español, con números diferentes a los que tenía como extranjero.

José Miguel Peñas de Pablo, CEO de Servicios Reunidos Peñas (SRP), enfatiza la importancia de este trámite: «Es crucial para quienes han obtenido la nacionalidad española realizar este paso. El Certificado de Concordancia asegura que su nueva identidad española sea reconocida en todos los ámbitos legales y administrativos. Es un proceso esencial para evitar complicaciones futuras y en el que, ante cualquier duda, es bueno contar con asesoramiento como el que podemos ofrecer en Servicios Reunidos Peñas».

Trámites de solicitud

El Certificado de Concordancia debe solicitarse en la comisaría de policía nacional más cercana al domicilio del interesado. Aunque no es obligatorio solicitarlo inmediatamente después de recibir el DNI español y el pasaporte, pero se recomienda hacerlo en ese mismo momento para ahorrar tiempo.

La documentación que le pedirán para tramitarlo es el documento de identidad (DNI); documentos que justifiquen discrepancias en los nombres o apellidos, como partidas de nacimiento, certificados de matrimonio o divorcio; y la propia solicitud del certificado de concordancia debidamente cumplimentada.

El tiempo de espera varía. Si lo ha solicitado al obtener el DNI, es posible que lo reciba en ese mismo momento. Si ha recurrido a la cita previa, la espera puede oscilar entre los 4 y 5 días laborables.  En cuanto al coste, otra ventaja de pedirlo junto al DNI es que se obtiene de forma gratuita. Si no, es posible que haya que abonar unos 7 euros.

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