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La Seguridad Social da una tregua a los autónomos con la actualización de datos y amplía el plazo límite al 31 de marzo de 2024

Oct 30, 2023

Servicios Reunidos Peñas (SRP) facilita el proceso de actualización de datos a autónomos afectados por el Real Decreto 504/2022

A principios de mes les comunicábamos que la Seguridad Social estaba llevando a cabo una actualización de datos entre los autónomos. La noticia generó cierta sensación de estrés entre muchos afectados, ya que la fecha inicialmente establecida para cumplir el trámite era el 31 de octubre. Sin embargo, ahora podemos confirmar que los plazos finales serán mucho más asumibles. La Orden TAS/1562/2005, que aún no ha sido publicada, retrasa la fecha límite hasta el 31 de marzo de 2024, dando así más tiempo a los autónomos para que puedan cumplir con el requerimiento.

Con esta petición de datos, el Real Decreto 504/2022, aprobado el 27 de junio busca mantener actualizados los registros y mejorar la transparencia en las actividades de los trabajadores autónomos. En concreto, se aplica a autónomos que:

  1. Desempeñen funciones de dirección y gerencia propias de los cargos de consejero o administrador, o que proporcionen servicios lucrativos de manera habitual, personal y directa para una sociedad de capital, siempre que tengan un control efectivo, directo o indirecto, sobre dicha sociedad.
  2. Sean socios industriales de sociedades regulares colectivas y sociedades comanditarias.
  3. Formen parte de comunidades de bienes o sociedades civiles irregulares, a menos que su actividad se limite a la simple administración de los bienes compartidos.
  4. Sean socios trabajadores de sociedades laborales y, junto con su cónyuge y parientes hasta el segundo grado con los que convivan, posean al menos el 50 por ciento del capital social.
  5. Sean socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.

Estos autónomos están obligados a comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) la razón social y el número de identificación fiscal de las sociedades o comunidades de bienes de las que forman parte; información sobre la función de consejero o administrador, u otros servicios prestados a la sociedad; y el porcentaje de participación en el capital social, en caso de que aplique según los puntos anteriores.

Asistencia

Servicios Reunidos Peñas (SRP) está colaborando activamente en la comunicación de esta nueva regulación a sus clientes y proporcionando asistencia para facilitar el cumplimiento de este trámite obligatorio. José Miguel Peñas de Pablo, CEO de SRP, señala: «Para resumir y por hacerlo más fácil, necesitamos copia de la escritura de constitución con los datos del Registro Mercantil, así como copia de la última escritura de compraventa de participaciones y cambio de administrador, si las hubiera, con los datos de registro».

La comunicación de datos debe realizarse de manera electrónica y antes del 31 de marzo de 2024. La TGSS ha habilitado dos vías para llevar a cabo este proceso: a través de un representante autorizado al Sistema RED o mediante el servicio «Empresario Colectivo. Identificación de Empresa. Asignación CCC inicial», disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Esta extensión del plazo busca facilitar el proceso y garantizar que los autónomos cumplan con sus obligaciones de manera efectiva y sin complicaciones innecesarias.

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