Servicios reunidos peñas

BLOG

Si tienes una deuda con la AEAT inferior a 50.000 euros, ya no te hace falta aportar garantía para su aplazamiento

Abr 20, 2023

El pasado 15 de abril entraron en vigor las nuevas normas que permiten flexibilizar los aplazamientos y fraccionamientos de deudas ante la Agencia Tributaria (AEAT) para facilitar la liquidez de los contribuyentes, ampliando de 30.000 a 50.000 euros el límite por el que no es necesario aportar ninguna garantía para la solicitud del aplazamiento y/o fraccionamiento.

La medida, que afecta tanto a contribuyentes que son personas físicas como jurídicas, afecta a las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago presentadas a partir del 15 de abril, fecha de entrada en vigor de la Orden Ministerial.

La nueva instrucción de aplazamientos amplía sensiblemente los plazos máximos de pago para las solicitudes de tramitación automatizada, las que están exentas de aportar garantías. Para personas físicas los plazos máximos se elevan de 12 a 24 meses, y para personas jurídicas pasan de 6 a 12 meses. Estos cambios afectan no sólo a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas gestionadas tanto por la propia AEAT, como por los organismos cedidos a las Comunidades Autónomas.

A su vez, al ampliarse el perímetro de aplicación del sistema automatizado con exención de garantías de 30.000 a 50.000 euros, serán muchos más los casos en que el contribuyente se podrá beneficiar de una concesión casi instantánea de su aplazamiento, minimizándose así los costes indirectos de tramitación para el ciudadano.

A la hora de calcular la nueva cantidad referida de 50.000 euros, se computa tanto el pasivo como las obligaciones que ese mismo deudor tenga solicitadas para su aplazamiento y/o fraccionamiento.

Por otro lado, esta flexibilización de los plazos también alcanza a los supuestos de solicitud de aplazamiento por encima de esos 50.000 euros y que, por tanto, requieren de aportación de garantía. De este modo, cuando el deudor aporte un aval bancario o seguro de caución, los plazos máximos pasan de 36 a 60 meses y si se aporta como garantía un inmueble urbano sin cargas, esos plazos se elevan de 24 a 36 meses. Con el mismo objetivo de ganar en flexibilidad, se amplía de 48 a 60 meses el tope para supuestos excepcionales en que se pueden superar los plazos máximos generales establecidos, previa autorización.

A su vez, se permitirá aceptar como garantía bienes inmuebles urbanos que sí tengan cargas previas cuando, descontando esas cargas, el importe supere el 115% de la deuda. En la instrucción previa, con carácter general, esos bienes no se aceptaban como garantía.

La instrucción sobre garantías de aplazamientos también incorpora la novedad de que la garantía aportada por un deudor principal, si es suficiente, beneficie igualmente a los declarados responsables por derivaciones de responsabilidad y a los coobligados al pago de la deuda.

Desde Servicios Reunidos Peñas podemos asesorarle ante cualquier duda al respecto sobre este asunto y tramitar cualquier solicitud de aplazamiento y fraccionamiento de su deuda con la administración tributaria solventando de la mejor manera su situación o la de su empresa.

Datos de contacto

 

Teléfonos

949 21 81 04
949 21 98 30
949 21 80 95
949 21 80 95 (FAX)

Dirección

Calle San Esteban, número 2, Plantas 1-3. CP 19001. Guadalajara

escríbenos sin compromiso

Privacidad

Información básica sobre protección de datos (RGPS|LOPD-gdd)

Responsable: SERVICIOS REUNIDOS PEÑAS, S.L.U
Finalidad: Resolución de consultas, prestación de la información requerida por los interesados y contacto con los mismos, previa solicitud de estos.
Legitimación: Consentimiento del interesado.
Destinatarios: No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal
Derechos: Acceder, rectificar, limitar y suprimir los datos, así como presentar una reclamación ante la autoridad nacional de control, como se explica en la información adicional.
Información Adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra “Política de Privacidad”.

Dónde estamos

Share This