La campaña de la Renta y Patrimonio 2021 empieza este miércoles, 6 de abril de 2022, para la presentación de la declaración de la renta por internet y se prolongará hasta el próximo 30 de junio. En Servicios Reunidos Peñas realizamos más de mil declaraciones al año desde hace varias décadas, siendo uno de los mayores colaborares sociales de la provincia de Guadalajara en la que es, sin duda, la parte más importante del calendario fiscal para nuestros clientes.
Este año, habrá que tener en cuenta una serie de novedades en la declaración, como los cambios en los tramos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o la mayor vigilancia de las inversiones en criptomonedas. Como todos los años, rogamos a nuestros clientes que soliciten cita previa en nuestro despacho para poder conocer junto al contribuyente de todos los posibles hechos tributarios relevantes para la declaración (compraventas de inmuebles, adquisición de acciones, venta de fondos de inversión, simultaneidad de pagos de prestaciones públicas y actividades privadas, convergencia de regímenes general y de autónomos…) y que son motivo de consulta y análisis por parte de nuestro equipo.
No obstante, con motivo de la información pública necesaria al contribuyente, informamos de algunos datos relevantes para la Declaración de la Renta de esta Campaña 2021:
Las principales fechas a tener en cuenta son el 3 de mayo, fecha de inicio para concertar las citas previas telefónicas, las cuales arrancarán el día 5 del mismo mes y el 26 de mayo, fecha en al cual se empezarán a tramitar las citas presenciales en la Agencia Tributaria, que empezarán a despachase el 1 de junio. A su vez, el 27 de junio acaba el plazo de domiciliación de aquellas declaraciones que salgan a ingresar.
La gran mayoría de las personas físicas y con residencia habitual en España tendrán que presentar su declaración de la renta. Sin embargo, existen algunas excepciones como el importe mínimo de los rendimientos del trabajo. Por ejemplo, aquellos trabajadores que en 2021 tuvieron un único pagador y cuyo sueldo bruto fue inferior a 22.000 euros anuales no están obligados a presentar la declaración.
Si no se alcanzan esos 22.000 euros pero existen varios pagadores, tampoco tendremos la obligación de hacer la declaración siempre y cuando la suma de lo ingresado por el segundo y el resto de pagadores no supere en su conjunto los 1.500 euros brutos anuales. Las pensiones de jubilación, prestaciones por desempleo, ERTE, pensiones compensatorias o pagos por bajas médicas también se incluyen en este apartado.
A lo largo de este trimestre lanzaremos varios artículos divulgativos para el conocimiento social de como funciona el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF-Declaración de la Renta) y animamos a llamar a nuestro despacho para poder solucionar cuantas dudas haya sobre la renta, el borrador, las deducciones fiscales y sobre todo una correcta planificación tributaria de los ingresos del contribuyente para su tranquilidad.
En Servicios Reunidos Peñas somos expertos en gestión fiscal, con un amplio equipo de Asesoría Integral que puede ayudarte en la gestión de cualquier trámite que debas realizar ante la administración de Hacienda o cualquier otra.